REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de abril de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO : BP02-S-2009-001175

Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por el ciudadano: RODRIGO ANTONIO DECENA CARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 3.168.844, asistido por la abogada en ejercicio ALCALDIA GUAITA VILLARROEL, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 95.357, y visto el justificativo evacuado por ante este Tribunal con las declaraciones de los ciudadanos: RAFAEL ANTONIO DELGADO y NELIO RAFAEL CHAVEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 4.218.957 y 9.650.088, respectivamente, quienes manifestaron que conocen de vista trato y comunicación al ciudadano RODRIGO ANTONIO DECENA ALCALA y sus hermanos JESUS RAMON CARIAS, ROMULO EDUARDO, MANUEL CELESTINO, MARIA PRESENTACION, JOSE LUIS y GLADIS JOSEFINA DECENA CARIAS, y al solicitante RODRIGO ANTONIO DECENA CARIAS; que de igual forma conocieron a la difunta MARIA JOSEFA CARIAS DE DECENA, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 467.806; que el cónyuge de su madre ciudadano RODRIGO ANTONIO DECENA ALCALA y los ciudadanos JESUS RAMON CARIAS, ROMULO EDUARDO, MANUEL CELESTINO, MARIA PRESENTACION, JOSE LUIS y GLADIS JOSEFINA DECENA CARIAS, y al solicitante RODRIGO ANTONIO DECENA CARIAS son los únicos y universales herederos de la ciudadana MARIA JOSEFA CARIAS DE DECENA, y el Tribunal vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA al ciudadano, RODRIGO ANTONIO DECENA ALCALA, y a los ciudadanos JESUS RAMON CARIAS, ROMULO EDUARDO, MANUEL CELESTINO, MARIA PRESENTACION, JOSE LUIS, GLADIS JOSEFINA y RODRIGO ANTONIO DECENA CARIAS, COMO LOS UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su causante MARIA JOSEFA CARIAS DE DECENA, dejando a salvo los derechos de terceros.
La Juez Suplente Especial,
La Secretaria

Abg. Helen Palacio García
Abg. Marieugelys García Capella.


HPG/lorena.-