REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, siete de abril de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO : BP02-V-2007-001207
Visto el escrito presentado en fecha 30 de Marzo de 2.009, suscrito por el Dr. LARRY AQUIAS, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.374, en su carácter acreditado en autos, y visto el contenido del mismo, con el cual desiste del procedimiento por DESALOJO, interpuesto por la Ciudadana: NEIRA LOPEZ DE PORRELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.487.374, en contra del Ciudadano: ROGER ALFONZO LOPEZ RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.890.239, este Tribunal, acuerda de conformidad, en consecuencia, HOMOLOGA, dicho DESISTIMIENTO y lo toma como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, todo de conformidad con el Artículo 263 del Procedimiento Civil. Visto así mismo el pedimento realizado, se SUSPENDE la Medida de Preventiva de Secuestro, decretada por este Juzgado, en fecha 18 de Septiembre de 2.007, sobre bienes muebles objeto de la ejecución y ejecutada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 03 de octubre de 2.007, y se ordena el Archivo del presente expediente. Así se decide.-
La Juez Suplente Especial.
Dra. HELEN PALACIO GARCÍA.-
La Secretaria,
Abog. MARIEUGELYS GARCIA CAPELLA.-
HPG/Gledys.-
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