REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, trece de abril de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000117

Vista la solicitud presentada por el ciudadano MARTIN JOSE PRADO PEREZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.572.728, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre un vehiculo automotor, que adquirió a expensas propias con dinero de su propio peculio, el cual reúne las siguientes características: PLACAS: 880-BBB, MARCA: FORD, MODELO: F-750, AÑO: 1978, COLOR: BEIGE ORO, TIPO: VOLTEO, USO: CARGA, SERIAL DE CHASIS: AJF75U35797.- Cumplidos los requisitos ordenados en el auto de fecha 29 de enero de 2008, así como las declaraciones de los testigos hábiles, mediante los cuales corroboradamente afirman acerca del cuestionario de preguntas a que se contrae la solicitud, así como las resultas de la inspección practicada por el Cuerpo Técnico de Vigilancia de Tránsito Terrestre.- Este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre el bien que ejerce el ciudadano MARTIN JOSE PRADO PEREZ, ya identificado, en el vehiculo antes descrito en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA
Se devuelven constante de dieciséis (16) folios útiles originales con sus resultas al interesado.-
LA SECRETARIA

Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA