REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintidós de abril de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000192
Vista la solicitud presentada por el ciudadano EFIGENIO CARRILLO FUENTES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 11.105.171, y de este domicilio, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre un VEHICULO de las siguientes características: CLASE: AUTOMOVIL, MARCA: DODGE, MODELO: DART, AÑO: 1.975, COLOR: BLANCO: SERIAL DE CARROCERIA: A519362, PLACAS: APO417.- El valor del referido vehiculo es de CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 5.000,oo) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y les DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano EFIGENIO CARRILLO FUENTES ya identificado, en el vehiculo antes descrito en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA