REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de abril de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: BP02-S-2009-001432
SENTENCIA
Vista la TRANSACCION suscrita por el ciudadano IVAN JOSE LOPEZ VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.428.882, debidamente asistido por la abogado MARVELIS FARRERA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 95.473, por una parte y por la otra, la empresa PESQUERA ANGELA, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 30 de Octubre del 2001, bajo el No. 10, Tomo A-78, representada por el Ciudadano CIRO SALVATORE RIZZO FICANO, titular de la Cedula de Identidad Nº 6.254.988, en su carácter de Presidente de la empresa, debidamente asistido por la abogado MIGDALIA FARRERA DE GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 94.686; Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 11 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y se da por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Asimismo se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas que sean solicitadas. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los seis (06) días del mes de Abril del dos mil nueve (2009).
El Juez,
Abg. Ángel G. Parra
La Secretaria,
Abg. Noemí Mogna
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,
Abg. Noemí Mogna
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