REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, 14 de Abril de dos mil Nueve
198º y 150º

N° DE EXPEDIENTE: BP02-L-2008-001024
PARTE ACTORA: ROGER JOSE VELASQUEZ CRESPO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: HECTOR FRANCESCHI
PARTE DEMANDADA: M.A.R. TRADING 98, SERVICIOS MARITIMOS, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALBERTO TIPOLDI MAZZEI
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy 14 de Abril de dos mil Nueve, siendo las 9:30 A.M., fue anunciado el acto por el alguacil a las puertas del Tribunal a las partes involucradas en la presente causa, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio; este Tribunal deja constancia que comparecieron a este acto los Abogados DORIANA CRISTINA GRANADINO, titular de la cédula de identidad N° 16.853.454, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.128.414, en su carácter de apoderada judicial de la empresa demandada M.A.R. TRADING 98, SERVICIOS MARITIMOS, C.A., tal como consta de copia certificada Poder que consta a los folios 37 y 38 del presente expediente, igualmente se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 198 ° de la Independencia y 150 ° de la Federación. Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en Barcelona a los 14 días del mes de Abril de 2009.
La Juez


Abg. YISSEIN LÓPEZ
La Secretaria,

Abg. Maribí Yánez
La apoderada judicial de la demandada





“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”