REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, 27 de Abril de dos mil Nueve
199º y 150º
ASUNTO: BP02-L-2008-000748
DEMANDANTE: BERNARDINO TORRES
DEMANDADO: ALFARERIA ANZOÁTEGUI, C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Visto el contenido de la diligencia de fecha 27 de Abril de 2009, suscrita por el abogado ALFREDO CABRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.442, en su condición de apoderado judicial de la parte actora ciudadano BERNARDINO TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.172.118, tal como consta de Poder que riela a los folios 5 y 6, en el presente juicio por Cobro de Prestaciones Sociales, mediante la cual desiste del presente procedimiento; este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO realizado por la demandante, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Asimismo se da por terminado el presente juicio por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales y se ordena el archivo judicial de la presente causa. Y así se decide. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. En Barcelona, a los 27 días del mes de Abril de 2009. Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
La Juez,
Abg. YISSEIN LÓPEZ
La Secretaria,
Abg. Maribí Yánez
En esta misma fecha, siendo las 3:16 p.m., se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
La Secretaria
Abg. Maribí Yánez
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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