REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintitrés (23) de abril de dos mil nueve
198º y 150º
Acta de Audiencia (Desistimiento)
ASUNTO: BP02-L-2008-000765
DEMANDANTE: El ciudadano SAUL JOSÉ ROMERO CARABAÑO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. 4.219.322.
ABOGADOS APODERADOS DEL ACTOR: Los abogados en ejercicio WOLGFAGN CARABALLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 82.331.
DEMANDADA: VAMEN, C.A. (VAMENCA).
ABOGADOS DE LAS DEMANDADAS: La abogada en ejercicio JOSEFA SIFONTES, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 80.571.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, veintitrés (23) de abril de 2009, siendo las nueve (09:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, haciendo solo acto de presencia por la demandada VAMEN, C.A. (VAMENCA), su apoderada judicial la abogada JOSEFA SIFONTES, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 80.571. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150° y 198°.
El Juez,
Abg. Sergio Millán Charles
La Secretaria,
Abg. Romina Vacca.
En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 09:20 a.m. Conste.
La Secretaria,
Abg. Romina Vacca.
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