REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de abril de dos mil nueve
198º y 150º
Nº DE EXPEDIENTE: BP02-L-2007-000632.
PARTE ACTORA: JOSE MONSALVE, CARLOS ROSAS, RUHT AGUILERA, LILIAM JIMENEZ, ANTONIO ADOBBATO, RAMON APARICIO y RAMON HERNANDEZ. “No comparecieron”.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: FERNANDO VALERO BORRAS. “No comparecieron”.
PARTE DEMANDADA: CANTV. “No comparecieron”.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: “Desconocidos”.
MOTIVO: Derecho de Jubilación.
En el día hábil de hoy 13 de Abril de 2009, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, que por DERECHO DE JUBILACIÓN, interpusieren los ciudadanos JOSE MONSALVE, CARLOS ROSAS, RUHT AGUILERA, LILIAM JIMENEZ, ANTONIO ADOBBATO, RAMON APARICIO y RAMON HERNANDEZ, identificados en autos a traves de su apoderado judicial abogado en ejercicio FERNANDO VALERO BORRAS, en contra de la sociedad mercantil TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV), POR DERECHO DE JUBILACIÓN, se deja constancia de la incomparecencia de las partes, a la instalación de la audiencia preliminar. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 150 y 198.
La Juez
Abg. María José Carrión G.
La Secretaria,
Abg. Isolina C. Vásquez S.
Seguidamente y en esta fecha, siendo las 09:10, a.m. se publico la anterior decisión. Conste:
La Secretaria,
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