REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de abril de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO : BH06-X-2009-000044
Admitida como ha sido la presente Demanda de DIVORCIO, incoada por el Abogado en ejercicio ARTURO RAFAEL SABINO FERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 80.894, Apoderado Judicial de la ciudadana LOURDES ALEXANDRA YEPEZ TORO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.106.537, de este domicilio, contra del ciudadano JULIO CESAR SALAZAR GARCIA, Venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° 8.344.167; en donde se encuentra involucrado el niño (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), de conformidad con la Ley se ABRE el presente Cuaderno de Medidas que formará parte del expediente Nº BP02-V-2009-000602. En consecuencia, este Tribunal acuerda de conformidad con el Articulo 351 encabezamiento de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y en los Artículo 466 y 467 en concordancia con el Artículo 585 del Código de Procedimiento Civil; en consecuencia éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N°.02, en uso de sus Atribuciones conferidas en la Ley, en consecuencia, éste Tribunal en cuanto a los Atributos de Guarda y Custodia, Pensión de Alimentos y Régimen de Visitas, Patria Potestad, DECRETA DE MANERA PROVISIONAL LAS SIGUIENTES MEDIDAS. PRIMERO: La Patria Potestad del niño arriba identificado, será ejercida por ambos padres. SEGUNDO: La Responsabilidad de Crianza será ejercida por ambos padres y la Custodia la ejercerá la madre ciudadana LOURDES ALEXANDRA YEPEZ TORO. TERCERO: Se fija un Régimen de Convivencia Familiar para el padre el ciudadano JULIO CESAR SALAZAR GARCIA, en el cual podrá visitar a su hijo un fin de semana cada quince días, los Carnavales con la madre y la semana Santa con el padre, la mitad de las vacaciones de Diciembre, Navidad con la madre, año nuevo con el padre y el año siguiente en forma alterna. El cumpleaños y Día de la Madre con la Madre. El cumpleaños y Día del Padre con el padre y la mitad de las Vacaciones Escolares, comenzando con el padre ciudadano JULIO CESAR SALAZAR GARCIA.- CUARTA: En cuanto a la obligación de Manutención, este Tribunal insta a la demandante a que consigne la constancia de trabajo y los ingreso del ciudadano JULIO CESAR SALAZAR GARCIA. QUINTO: Se ordena Sendos Informes Técnico a los ciudadanos LOURDES ALEXANDRA YEPEZ TORO y JULIO CESAR SALAZAR GARCIA, comisionándose suficientemente al Equipo Multidisciplinario de este Tribunal. Líbrese Oficio.
LA JUEZ UNIPERSONAL Nº 02
DRA. ANA JACINTA DURAN
LA SECRETARIA
ABOG. MELISSA AZOCAR
AJD/ ca