REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui
Barcelona, veinte (20) de abril de dos mil nueve (2009)
198º y 149º
EXPEDIENTE: BP02-L-2009-000178
DEMANDANTE: MARY SULAIDA ROJAS ROJAS
DEMANDADA: ARABBIAN & ITALIAN FOOD ROMA C.A.
JUICIO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, veinte (20) de abril de dos mil nueve (2009), siendo las 11:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la instalación de la audiencia preliminar en la presente causa, contentiva del juicio por cobro de diferencia de prestaciones sociales, incoado por la ciudadana MARY SULAIDA ROJAS ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 11.972.650, contra la empresa ARABBIAN & ITALIAN FOOD ROMA C.A., habiendo correspondido por efecto de la doble vuelta la causa, a este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui. Se anunció el acto a las puertas del Tribunal conforme a la Ley, no habiendo comparecido ninguna de las partes, razón por la cual este juzgado administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDO EL PROCESO, de conformidad con lo previsto en la última parte del artículo 151 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de esta decisión. Siendo las 11:42 de la mañana se cierra este acto. Se hacen dos ejemplares de esta acta, uno para el expediente y otro destinado al copiador de audiencias llevado por este Juzgado. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza Temporal,
Abg. Analy Silvera
La Secretaria,
Abg. Lourdes Romero.
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