REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO LOPNA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio Sección Adolescentes de Barcelona
Barcelona, 20 de agosto de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-D-2004-000070
ASUNTO : BP01-D-2004-000070

DECISION: SIN EFECTO ORDENES DE CAPTURA Y UBICACIÓN EN CONTRA DEL ACUSADO

Por cuanto en Acta del día de hoy este Tribunal Dejó Sin Efecto las Ordenes de Ubicación y de Captura dictadas en contra del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, ordenando su Libertad Inmediata por ratificación de Medida Cautelar y Fijación de fecha de Juicio en el presente Asunto, en consecuencia esta decisora de conformidad con lo señalado en el articulo 173 del Código Orgánico Procesal Penal aplicado supletoriamente por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niño, Niñas y Adolescentes pasa a dictar el pronunciamiento correspondiente en los términos siguientes:

En fecha 6-03-2004, tuvo lugar el acto de presentación del acusado IDENTIDAD OMITIDA oportunidad en la cual se ordeno su libertad inmediata, por imposición de la medida cautelar de presentación cada QUINCE (15) días, por ante el Tribunal de Control Nº 01 Sección Adolescente; en auto de fecha 15-03-2004, la presente causa fue remitida a este Tribunal de Juicio. En auto de fecha 22-03-2004, se acordó fijar Juicio Oral y Reservado para el día 01 de Abril de 2004, a las 11:00 de la mañana, defiriéndose en reiteradas oportunidades. En fecha 18-10-2004, se levanto Acta de Suspensión de Audiencia Oral y Reservado De Tribunal Unipersonal, en el cual se decreta la Rebeldía del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, y ordena su Ubicación. En fecha 18-10-2004, se realizo auto mediante el cual se ordena la Captura en contra del mencionado ciudadano, en fecha 08-03-2004, siendo ratificada en las siguientes fechas 10/10/2005 según oficio Nº 808, en fecha19/06/2006, 21/11/2006 según oficio 1179, en fecha 13/03/2007 según oficio1510, en fecha 27/06/2007 auto mediante el cual se acuerda ratificar la Orden de Captura. En fecha 30/01/2008 auto mediante el cual se ratifica Orden de Captura, en fecha 15/10/2008 auto mediante el cual se ratifica Orden de Captura, en fecha 17/04/2009 auto mediante el cual se ratifica Orden de Captura.

En este orden de ideas, oída como han sido las partes en la Audiencia por captura celebrada en esta misma fecha, y habiendo solicitado la Fiscalía que por cuanto el acusado se ha comprometido a venir al Juicio por lo tanto solicito le sea ratificada la medida cautelar con presentación cada quince (15), días, y se Fije fecha de Juicio en la presente causa; en consecuencia, este tribunal de Primera instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente en función de Juicio Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda: PRIMERO: Se Ratifica la Medida Cautelar Sustitutiva de presentación ante este tribunal cada 15 días, aplicada al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, a quien se le sigue el presente proceso, por el delito de ROBO ARREBATON EN GRADO DE COAUTOR, tipificado en el artículo 458 del Código Penal, vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos en concordancia con el artículo 83 ejusdem; en perjuicio de la ciudadana IRIS ESPAÑA, de conformidad con lo establecido en el articulo 582 literal c de la Ley orgánica Para la Protección del Niño y del adolescente; SEGUNDO: Se Dejan Sin Efecto las Ordenes de Ubicación y de Captura, dictadas en contra del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, en consecuencia se ordena su LIBERTAD INMEDIATA, y se ordena oficiar al Cuerpo de Investigaciones Penales, Científicas y Criminalísticas Delegación Caracas, para que sea retirado el precitado acusado del Sistema Integral de Información Policial, así como también se oficie a la Dirección del Instituto Autónomo de Policía del Municipio Simón Bolívar para que tome las medidas pertinentes y no se continué aprehendiendo al referido ciudadano. TERCERO: Se RATIFICA la fecha fijada para el Juicio Oral y Reservado para el día MIERCOLES 14 DE OCTUBRE DEL 2009, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. Notifíquese a las partes. Con la lectura de la presente decisión quedan notificadas las partes presentes en acto de esta misma fecha. Ofíciese lo conducente. Provéase lo conducente. Cúmplase.
LA JUEZ DE JUICIO, SECCION ADOLESCENTE

Abog. JOANNY BOGARIN BRICEÑO.

LA SECRETARIA,

Abg. MARIA FERNANDA ROCHA





ASUNTO PRINCIPAL : BP01-D-2004-000070
ASUNTO : BP01-D-2004-000070
DECISION: SIN EFECTO ORDENES DE CAPTURA Y UBICACIÓN EN CONTRA DEL ACUSAD
Barcelona, 20 de agosto de 2009