REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de agosto de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: BP02-S-2009-001463

Vista la solicitud de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana Mercedes del Carmen Rodríguez viuda de González, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.633.244, domiciliada en la ciudad de Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, asistida por la abogada Mercedes Mata Fajardo, inscrita en el Inpreabogado con el N° 94.657, mediante el cual solicita sea declarada como Única y Universal Heredera del de cujus José Vicente González Cedeño, quien falleció ab- intestato el día trece (13) de marzo de 2.009, en la Vereda 46, Casa N° 03, de la Urbanización Boyacá IV, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui.- Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los ciudadanos Annis Quijada de Lezama y Jonny Encarnación Zabala Quijada, identificados en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarle su condición de ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del de cujus José Vicente González Cedeño, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original a la solicitante y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.-
EL JUEZ PROVISORIO,



Abg. JESÚS S. GUTIERREZ D.
LA SECRETARIA,




Abg. MIRLA MATA ROJAS