REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cinco de agosto de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: BP02-S-2009-001121
Vista la solicitud de Únicos y Universales Herederos, presentada por el ciudadano José Isaías Zacarías Bogadi, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad No. 14.930.112, asistido por el abogado Ramón Sarmiento, inscrito en el Inpreabogado con el No. 54.220, mediante la cual solicita que tanto él como los ciudadanos Asunción Bogadi de Zacarías, Douglas Ramón Zacarías Bogadi, Willian del Valle Zacarías Bogadi, Jenny del Valle Zacarías Bogadi, Marcos Lisandro Zacarías Bogadi y Noelis del Valle Zacarías Bogadi, sean declarados como Únicos y Universales Herederos del de Cujus Marcoa Antonio Zacarías, quien era venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. 1.175.210.- Vistos los recaudos acompañados y vistas asimismo las declaraciones de los ciudadanos Edi Margarita Brusco Gómez y Ali Alfredo Bompart, identificados en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles su condición de Únicos y Universales Herederos del de Cujus Marcos Antonio Zacarías, a los Asunción Bogadi de Zacarías, José Isaías Zacarías Bogadi, Douglas Ramón Zacarías Bogadi, Willian del Valle Zacarías Bogadi, Jenny del Valle Zacarías Bogadi, Marcos Lisandro Zacarías Bogadi y Noelis del Valle Zacarías Bogadi, en sus condiciones de esposa e hijos, respectivamente; dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original al solicitante y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.
El Juez Provisorio.,

Abg. Jesús Gutiérrez Díaz. La Secretaria.,

Abg. Mirla Mata Rojas.