REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de agosto de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: BP02-V-2006-002393
Por cuanto de la revisión de las actas que conforman el presente expediente contentivo del juicio por PARTICIÓN, incoado por el ciudadano RODOLFO DEL VALLE VALENCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.422.437, debidamente asistido por la Abogada NIURKA LOPEZ URBANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 45.740, en contra la ciudadana JENNY COROMOTO YANEZ, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 10.885.339, se evidencia que la parte actora no dio cumplimiento con lo establecido en el auto de de fecha 08 de enero de 2.007, el Tribunal niega la admisión de la presente demanda, da por terminado el presente asunto, y en consecuencia, ordena la devolución de los documentos originales consignados, previa certificación en autos de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil; asimismo ordena su remisión al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial.- Cúmplase.-
La Juez Provisoria
Abg. Adamay Payares Romero
La Secretaria
Abg. Doris Rojas de Nadales
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