REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, once de agosto de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-001279
ASUNTO: BP12-S-2009-001279
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana MAYGUALIDA LOPEZ DE SALAZAR venezolana, mayora de edad, titulara de la cédula de identidad Nº. V-3.663.113, en su carácter de Presidenta de la Sociedad Mercantil “desarrollos Inmobiliarios NPA C.A”, asistida por el abogado RUBEN PINTO GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 55.809 donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomento su representada a expensas propias con dinero de su propio peculio, en un terreno de su propiedad, ubicado en la Urbanización El Palomar, de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, que mide aproximadamente Ocho Mil Cien Metros Cuadrados (8.100 Mts2), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con vía de acceso y terrenos de la Empresa INEQUIP C.A., midiendo Noventa Metros (90 Mts); SUR: Con terrenos propiedad de Desarrollos Inmobiliarios NPA C.A, midiendo Noventa metros (90 Mts); ESTE: Con Terrenos propiedad de la empresa Desarrollo Inmobiliarios NPA C.A., midiendo Noventa Metros (90 Mts) y, OESTE: Con Terrenos propiedad de la Empresa Desarrollos Inmobiliarios NPA C.A., midiendo Noventa Metros (90 Mts).- Dichas bienhechurias se encuentran conformadas por Cuatro (04) viviendas tipo Town House, totalmente pegadas una de la otra, construidas con paredes de bloques de cemento, techo de platabanda, piso de cerámica, puertas de hierro y de madera, ventanas de vidrio y de hierro, constituida en la primera planta por una (01) sala-comedor, una (01) cocina, y un (01) lavandero, la segunda planta constituida por tres (03) habitaciones, una (01) de ellas con balcón, y la tercera planta constituida por una (01) terraza, con una construcción aproximada de Ochocientos Sesenta y Cuatro Metros Cuadrados (864 Mts2).- El valor invertido es la cantidad de DOS MILLONES DE BOLIVARES FUERTES (Bsf. 2.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos HUMBERTO ANTONIO BRACHO PEREZ y LEONEL JOSE MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V-4.555.585 y V-11.656.240, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce la ciudadana MAYGUALIDA LOPEZ DE SALAZAR, en su carácter de Presidenta de la Sociedad Mercantil Desarrollos Inmobiliarios NPA C.A., plenamente identificados, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada
LA JUEZ,
Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ.-
EL SECRETARIO,
Abg. JESUS A. FIGUEROA SALAZAR.