REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de diciembre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : BP02-F-2009-000459
Visto el contenido de la diligencia de fecha 15 de diciembre de 2009, presentada por el ciudadano Edgar Quijada, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.957.001, en su carácter de parte demandante, asistido por la abogada Martha Salazar, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 128.415, mediante la cual desiste de la presente causa y solicito se le devuelva los documentos ante presentados, en consecuencia, el Tribunal HOMOLOGA el referido desistimiento hecho por la parte actora en los mismos términos y condiciones en que fue suscrito y conforme a la Ley.- Asimismo se ordena devolver el documento original que corre inserto a los autos, previa su certificación en autos.- Se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del mismo.-
EL JUEZ PROV.,
ABG. JESÚS SALVADOR GUTIERREZ DÍAZ.
LA SECRETARIA,
ABG. MIRLA MATA ROJAS.
Nota: Se solicitan copias fotostáticas para proveer.- Conste,
LA SECRETARIA,
ABG. MIRLA MATA ROJAS.
JSGD/bv
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