REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince de diciembre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : BH03-M-1999-000016
Vista la transacción celebrada entre CONSORCIO NIVEL 1, C.A. Sociedad Mercantil domiciliada en Barcelona, Estado Anzoátegui, legalmente inscrita y registrada por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en fecha 19 de Julio del año 1996, anotada bajo el Nº 63, Tomo: 100, debidamente representada por la abogada en ejercicio YESMIR PEREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 88.873, por una parte y por la otra CONSTRUCTORA SPITALERI C.A., debidamente inscrita y registrada por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, bajo el Nº 22, Tomo A-4, del año 1987, representada por su representante legal JOSE SPITALERI LO’ BASCIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.636.233, asistido por la abogada en ejercicio ANDREINA GOMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 103. mediante escrito presentado en fecha 09 de diciembre del presente año, y visto el contenido del mismo, este Tribunal conforme lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil HOMOLOGA dicha transacción en los mismo términos y condiciones expuestos por ambas partes en la misma, y lo toma como Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Asimismo se Suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar participda con oficio Nª TCM.170 de fecha 02-03-2001, sobre el LOTE NUEVE, ubicado en el sitio denominado Los cedros, antes Vidoño, Parroquia El Carmen, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, el cual se encuentra comprendido dentro de las siguientes medidas y linderos: Un área de terreno de TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (3.286 Mts2) aproximadamente dentro de los siguientes linderos, medidas y coordenadas: UTM: NOROESTE: con vialidad interna (calle este) entre las siguiente coordenadas: N-1.122.763,450; E- 322.736,600 y N-1.122.753,000; E-322.779,600, con una longitud de 44.77 M2; SURESTE: Con vialidad externa (calle Principal Vidoño), entre las siguientes coordenadas: N-1.122.704,200; E-322.711,050 y N-1.122.687,250; E-322.760,45; con longitud de 52,23 M2; NORESTE: Con franja de terreno de nuestra propiedad entre las siguientes coordenadas N.1.122.753,000, E 322.779,600 y N1.122.687,250, E 322.760,450; con longitud de 68,48 M2; SUROESTE : Con vialidad interna (salida EL Parque) entre las siguientes coordenadas: N- 1.122.765,450, E 322.736,600 y N 1.122.704,200, E 322.711,050; con una longitud de 66,37 M2, siendo su actual propietario CONSORCIO NIVEL 1, según documento Nº 30, folios 222 al 226 del Protocolo primero, tomo 21, cuarto trimestre del año 1998 y esta otorgado DOCUMENTO DE LOTIICACION, protocolizado bajo el Nº 28, folios 253 al 262, Protocolo Primero, Tomo 02, Primer Trimestre del año 1999, y se ordena oficiar lo conducente al Registrador Inmobiliario competente.-Librese Oficio.-
La Juez Suplente Especial,
Abg. Helen Palacio García
La Secretaria,
Abg. Marieugelys García Capella
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