REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de diciembre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: BP02-F-2007-000198
En horas de despacho del día de hoy dieciséis (16) de diciembre de dos mil nueve (2.009), siendo las diez (10:00) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el acto de contestación en el juicio de de DIVORCIO, presentado por la ciudadana MARLENE DEL VALLE DE LOS SANTOS DUNN SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.625.635, en contra del ciudadano JESUS SALVADOR RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.011.106, asistida por la abogada ELBA JOSEFINA MORENO RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 52.160.- Se abrió el acto a la puertas del Tribunal, previo anuncio de ley.- Se deja constancia que no se encuentra presente la representación del Ministerio Público.- Acto seguido el Tribunal deja constancia que no se encuentra presente la parte demandante ciudadana MARLENE DEL VALLE DE LOS SANTOS DUNN SANCHEZ; asimismo, se deja constancia que se encuentra presente la parte demandada representada por la Defensora Ad litem abogada JENNYRE ISAVA, inscrita en el Inpreabogado asistido de abogado- En este estado, el Tribunal, en virtud de la no comparencia de la parte demandante y de conformidad con lo establecido en el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil, declara extinguido el presente juicio, y así se decide.-
La Juez Provisorio.,

Abg. Adamay Payares Romero.-

La Defensora Ad litem designada.,


El Secretario.,