REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SIMON BOLIVAR Y DIEGO BAUTISTA URBANEJA
En el día de hoy, lunes (14) de diciembre de Dos Mil nueve (2009), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), acordado en auto de esta misma fecha previa solicitud de parte cursante al folio once (11) de estas actuaciones, se trasladó el Juez Temporal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Abg. JOSE MANUEL RODRIGUEZ y la Secretaria Abg. CARLA ESCOBAR DIAZ, en compañía de la parte actora Abogado en ejercicio CARLOS SIFONTES, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 33.212, con la finalidad de practicar la MEDIDA INNOMINADA, decretada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con motivo del Juicio por NULIDAD DE ASAMBLEA, interpuesto por la ciudadana FRANCA LEOPARDI DE ROVERE, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 5.191.874, con el carácter de accionista y Directora de la Sociedad Mercantil Productos Industriales, C.A. (PRODINCA), contra Sociedad Mercantil Productos Industriales, C.A. (PRODINCA) y el ciudadano TRISTANO TOLAZZI, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 2.986.487, medida mediante la cual se designa como administrador AD HOC al ciudadano ANDRES ELOY BLANCO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 5.152.026, de profesión Licenciado en Administración, a los fines de controlar no solo los ingresos sino también los egresos de los bienes de la compañía, a objeto de garantizar y resguardar el derecho de sus accionistas en forma imparcial. Constituido el Tribunal en el sitio indicado por la parte actora, Avenida Jorge Rodríguez (antes avenida intercomunal) edificio PRODINCA, sector Crucero de lechería, Municipio Diego Bautista Urbaneja, Estado Anzoátegui, donde fue atendido por una persona quien dijo ser y llamarse MARITZA DEL VALLE RODRIGUEZ URRIETA, venezolana, mayor de edad y titular Nº 4.213.572, en su condición de cónyuge del ciudadano Tristano Tolazzi, a quien este tribunal procedió a notificar de la práctica de la medida, en los mismos términos señalados por el Juzgado de la causa. En este estado interviene la notificada ciudadana MARITZA DEL VALLE RODRIGUEZ URRIETA, plenamente identificada y expone: “Quedo en cuenta de la notificación que me hace este Tribunal y asimismo le informo que en virtud del delicado estado de salud en el que se encuentra mi esposo ciudadano Tristano Tolazzi me encuentro encargada de esta empresa. Igualmente manifiesto mi voluntad de dar fiel cumplimiento a lo ordenado por le Juzgado de la causa y prestar toda la colaboración posible. Es todo”. En este estado interviene el apoderado judicial de la parte actora Abg Carlos Sifontes antes identificado y expone:” Vista la notificación realizada a la ciudadana Maritza Rodríguez, en su carácter de cónyuge del ciudadano Tristano Tolazzi y presente como se encuentra el Licenciado Andrés Eloy Blanco, solicito se de estricto cumplimiento a la medida innominada decretada por el comitente: Es todo. Seguidamente el Juez Temporal Primero Ejecutor de Medidas, oída la exposición de la solicitud de la notificada, plenamente identificada y la solicitud de la parte actora y presente como se encuentra en este acto el ciudadano ANDRES ELOY BLANCO, titular de la cédula de identidad Nº 5.152.026, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PONE EN POSESION DEL CARGO COMO ADMINISTRADOR AD HOC, de la Sociedad Mercantil PRODUCTOS INDUSTRIALES, C.A., (PRODINCA), al Licenciado ANDRES ELOY BLANCO, plenamente up supra identificado y ordena tome posesión en este acto del cargo para el que se le fue designado por el Juzgado de la causa. ASÍ SE DECLARA. En este estado interviene el ciudadano Andrés Eloy Blanco en su condición de Administrador Ad Hoc y expone:”Acepto el cargo y tomo posesión de Administrador Ad Hoc de la empresa PRODINCA, para el que fui designado, tal como fue decretado por el Juzgado de la causa y declarado como fue por este tribunal y me comprometo a dar fiel cumplimiento al mismo. Asimismo consigno en este acto a los fines que se agregue a la presente acta una comunicación dirigida a la empresa PRODINCA, la cual consta de trece particulares y que en este mismo acto fue leída por mi `persona a la notificada. Es todo”. Acto seguido este tribunal recibe constante de dos folios útiles la consignación realizada por el Administrador Ad Hoc y la agrega a la presente acta y ordena la remisión de la presente comisión junto con sus resultas al Juzgado de la causa a los fines consiguientes. Se deja constancia que la práctica de esta medida no causa ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno para este Tribunal de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de Febrero de 2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia aún vigente. Cumplida como ha sido la presente medida se ordena que por Secretaría se de lectura a esta acta y de no haber observación alguna se proceda a firmar por los intervinientes, dejando constancia que durante la práctica de esta medida no se violaron derechos, ni garantías Constitucionales y que las firman que suscribirán en esta acta fueron estampadas de manera voluntaria y sin ningún tipo de apremio o coacción. Cumplida como ha sido la misión del Tribunal, se acuerda el regreso siendo las 12:30 p.m, de día de hoy 14 de diciembre Dos Mil nueve. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TEMPORAL PRIMERO EJECUTOR
ABG. JOSE MANUEL RODRIGUEZ
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
ABG. CARLOS SIFONTES
LA NOTIFICADA
MARITZA RODRIGUEZ URRIETA
EL ADMINISTARDOR AD HOC
LIC. ANDRES ELOY BLANCO
LA SECRETARIA
ABG. CARLA ESCOBAR DIAZ