REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, siete de diciembre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: BP02-L-2009-000771
SENTENCIA
Vista la diligencia presentada en fecha 03 de Diciembre del presente año 2009, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documento de este Circuito Judicial de Barcelona, por parte del Ciudadano ALEX RODRIGUEZ PRADA, titular de la Cedula de Identidad Nº 5.264.963, parte actora en la presente causa, debidamente asistido por la abogado en ejercicio, MAGALY ACUÑA, inscrita en el I. P. S. A, bajo el Nº 91.813, en donde DESISTE de la Acción y del procedimiento por Calificación de Despido en contra de la empresa TECNOCONSULT INGENIERIA; Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con sede en Barcelona, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia por aplicación analógica del articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACION respectiva, con respecto al Desistimiento del Procedimiento unicamente, para darle el carácter de autoridad pasada en Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los siete (07) día del mes de Diciembre del dos mil nueve (2009).
El Juez,
Abg. Ángel G. Parra
La Secretaria,
Abg. Lourdes Romero H.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,
Abg. Lourdes Romero H.
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