En el día de hoy, Miércoles Nueve (09) de Diciembre de dos mil nueve (2009), siendo las diez y cero minutos de la mañana (10:30 AM), el Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Simón Rodríguez, Guanipa y José Gregorio Monagas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, se trasladó y se constituyó por el tiempo que fuere necesario en un bien inmueble distinguido con el Numero 16, ubicada en el Lindero Sur del Conjunto Residencial La Estancia, situado en la Zona Norte denominado Urbanización Morichal de ésta misma ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui y, asimismo en compañía de la Abogada en ejercicio DAYANA PEREZ ZABALA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº: 87.214, a los fines de practicar la presente MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO, decretada por el JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMÓN RODRÍGUEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, EL TIGRE, con número de Expediente Principal en el Tribunal de la causa Nº BP12-M-2009-000114, la cual está relacionada con el Juicio por EJECUCION DE HIPOTECA, seguido por los Abogados en Ejercicio: DAYANA PEREZ ZABALA, VERY ESQUIVEL y JOSE GETULIO SALAVERRIA LANDER, con el carácter de Apoderados Especiales de la empresa MERCANTIL, C.A. BANCO UNIVERSAL (antes BANCO MERCANTIL, C.A BANCO UNIVERSAL) contra el ciudadano: VICTOR HUGO VILCHEZ MUÑOZ. Acto seguido, presente en el sitio la ciudadana: HEIDY DEL CARMEN CHIRINO PARRA, titular de la cedula de identidad Nº:14.207.971 quien manifestó ser la esposa del demandado ciudadano: VICTOR HUGO VILCHEZ MUÑOZ, fue notificada de la misión del tribunal. Seguidamente interviene la Apoderada Judicial Dayana Pérez Zabala y expone: “Señalo para ser embargado el un bien inmueble constituido por una parcela de terreno y una vivienda sobre ella construida , distinguida con el Numero 16, ubicada en el Lindero Sur del Conjunto Residencial La Estancia, situado en la Zona Norte denominado Urbanización Morichal de ésta misma ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, con una superficie aproximada de: DOSCIENTOS CUATRO METROS CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS (204,75 M2) y un área de construcción de : CIENTO DIECISIETE METROS CON SESENTA CENTIMETROS (117,60 M2), cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Lindero de frente de la parcela, formado por una línea recta de Nueve metros con setenta y cinco centímetros (9,75mts), con la calle interna del Conjunto Residencial; SUR: Lindero de fondo de la parcela, formado por una línea recta de Nueve metros con setenta y cinco centímetros (9,75mts), con la carrera 15 Sur, Este: Lindero lateral de la parcela formado por una línea recta de veintiún metros (21 mts), con la parcela Nº 17 del Conjunto Residencial, y OESTE: Lindero lateral de la parcela formado por una línea recta de veintiún metros (21 mts), con terreno propiedad del Colegio de Abogados Zona Sur, Sede El Tigre, el cual esta estructurado de la siguiente forma: En la planta alta esta conformado por tres habitaciones y dos baños, en la planta baja esta conformado por una habitación tipo estudio, un baño, una cocina, una sala y un comedor y el estacionamiento”. Seguidamente el Tribunal vista la exposición realizada por la parte actora, declara embargado ejecutivamente un bien inmueble constituido por una parcela de terreno y una vivienda sobre ella construida , distinguida con el Numero 16, ubicada en el Lindero Sur del Conjunto Residencial La Estancia, situado en la Zona Norte denominado Urbanización Morichal de ésta misma ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, con una superficie aproximada de: DOSCIENTOS CUATRO METROS CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS (204,75 M2) y un área de construcción de : CIENTO DIECISIETE METROS CON SESENTA CENTIMETROS (117,60 M2), cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Lindero de frente de la parcela, formado por una línea recta de Nueve metros con setenta y cinco centímetros (9,75mts), con la calle interna del Conjunto Residencial; SUR: Lindero de fondo de la parcela, formado por una línea recta de Nueve metros con setenta y cinco centímetros (9,75mts), con la carrera 15 Sur, Este: Lindero lateral de la parcela formado por una línea recta de veintiún metros (21 mts), con la parcela Nº 17 del Conjunto Residencial, y OESTE: Lindero lateral de la parcela formado por una línea recta de veintiún metros (21 mts), con terreno propiedad del Colegio de Abogados Zona Sur, Sede El Tigre. Acto seguido el Tribunal ordena oficiar a la oficina del Registro Subalterno del Municipio Simón Rodríguez a los fines legales conducentes. Seguidamente interviene la parte actora y expone: “Solicito al Tribunal se sirva nombrar como depositario a la ciudadana HEYDI CHIRINO, quien manifestó ser cónyuge del ciudadano VICTOR HUGO VILCHEZ, quien habita en el referido inmueble”. En este estado la ciudadana: HEIDY DEL CARMEN CHIRINO PARRA, titular de la cedula de identidad Nº:14.207.971, acepto el cargo recaído en su persona y presto el Juramento de Ley. Acto seguido la Depositaria Desiganada recibe el inmueble conforme. Seguidamente el Tribunal, da por cumplida su misión y acuerda el regreso a su sede principal, siendo las doce y cero minutos de la tarde (12:00 PM). Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ TITULAR, ABG. LUISA VILCHEZ GARCIA, (FDO. ILEGIBLE)
LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA, ABG. DAYANA PEREZ ZABALA, (FDO. ILEGIBLE)
LA NOTIFICADA Y DEPOSITARIA HEIDY CHIRINO PARRA (FDO. ILEGIBLE)
LA SECRETARIA ACCIDENTAL, ABG. DAYARITGUERRA ROMERO, (FDO. ILEGIBLE)
|