REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona
Barcelona, 15 de Diciembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2002-000581
ASUNTO : BP01-P-2002-000581

ACTA DE CONTINUACION DEL ACTO DE JUICIO ORAL Y RESERVADO

 LA JUEZA DE JUICIO: DRA. ARIANI ROMERO HALEGIYS
 LA SECRETARIA: ABOG. JEIRA SALAZAR
 LA FISCAL 16º: DR. RICARDO MAITA LEON
 LA DEFENASORA PÚBLICA: DRA. SOFIA RINCON
 EL ACUSADO: JORGE SANCHEZ MORALES
 LAS VICTIMAS: IDENTIDAD OMITIDA
 DELITO: ABUSO SEXUAL A NIÑA Y ACTOS LASCIVOS

En horas de Audiencia del día de Hoy, Martes (15) de Diciembre de 2009, siendo las 10:40 minutos de la mañana, hora y fecha fijada para que tenga lugar el Debate Oral y Reservado, en virtud de la Acusación interpuesta y admitida contra del Acusado JORGE SANCHEZ MORALES, por la comisión de los delitos de ABUSO SEXUAL A NIÑA EN GRADO DE CONTINUIDAD, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en relación con el articulo 99 del Código Penal, en agravio de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA y ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS EN GRADO DE CONTINUIDAD, previsto y sancionado en el artículo 377 del Código Penal, en relación con el articulo 99, del código penal en agravio de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA. Se constituye el Tribunal de Violencia Contra la Mujer, en Función de Juicio como Tribunal Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, integrado por la Jueza Profesional, Dra. ARIANI ROMERO HALEGIYS y la Secretaria de Sala Abg. JEIRA SALAZAR. Acto seguido la Ciudadana Jueza, solicita a la Secretaria se sirva verificar la presencia de las partes; dejándose constancia que se encuentran presentes en la Sala de Audiencia: “EL FISCAL 16° DEL MINISTERIO PÙBLICO DR. RICARDO MAITA LEON, LA DEFENSA PÚBLICA DRA. SOFIA RINCON, Y LA VICTIMA NORMELYS SANCHEZ OLAVE. NO ENCONTRANDOSE PRESENTE: EL ACUSADO JORGE SANCHEZ MORALES, NI LA VICTIMA IDENTIDAD OMITIDA, Verificada la presencia de las partes, La ciudadana Jueza con ocasión a la incidencia presentada y de la cual tuvo conocimiento el tribunal en horas de la mañana y lo que impidió la presencia del acusado JORGE SANCHEZ MORALES, la Jueza Procede A DARLE LA PALABRA A LA DEFENSA PUBLICA DRA. SOFÍA RINCÓN, QUIEN EXPONE: Buenos días, en este acto, esta Defensa Pública consigna Constancia Medica, suscrita por la Dra. GRANADO VEGAS NIURVYS, colegiada bajo el Nº 100263, de fecha 15/12/2009, quien labora en el CDI ubicado en campo claro, consignado por la ciudadana Norma Sánchez, titular de la Cedula de Identidad Nº 8.260.607, dicha constancia medica obedece a que mi defendido JORGE SANCHEZ MORALES, en el traslado de su residencia hasta el tribunal sufrió una caída en el transporte colectivo, por lo que presenta dolor en la Columna Lumbosacra, que se irradia hacia los miembro inferiores y se le indica tratamiento medico y reposo de 72 horas, esta defensa solicita según el Articulo 83 de la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, se fije una nueva oportunidad para que haga acto de presencia mi defendido. Es todo, seguidamente se le cede la palabra al Fiscal del Ministerio Publico Dr. Ricardo Maita quien expone: En vista del reposo medico que acaba de consignar la defensa y donde se señala en el mismo reposo de 72 horas, las cuales comienzan a correr desde que lo trato el medico y en vista de sus facultades le haga valer el mismo y se fije una nueva oportunidad para la continuación y culminación del acto. Es todo. Seguidamente toma la Palabra la ciudadana Jueza quien expone: Vista la solicitud de las partes y asimismo lo solicitado por la Defensa Pública en reilación del reposo medico otorgado por la Dra. GRANADO VEGAS NIURVYS, a favor del Acusado Jorge Sánchez Morales, en su constancia medica, la cual se acuerda agregar a las actas que conforman el presente asunto, este tribunal de violencia contra la mujer en función de Juicio acuerda suspender el presente acto en aras de salvaguardad la integridad física y resguardar el derecho a la salud que tiene toda persona, de acuerdo a la consagrado en el articulo 84, de la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, se suspende el presente acto para el día VIERNES 18 DE DICIEMBRE DE 2009, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. Quedan las partes presentes notificadas y se acuerda librar boleta al acusado y a la Victima IDENTIDAD OMITIDA, a los fines de que asistan al acto. Se declara formalmente cerrado el presente Debate. Se deja Constancia que se dio cumplimiento a los Principios Generales del Proceso, como lo son la Oralidad, Inmediación, Concentración y Contradicción, establecidos en los artículos 14, 16, 17 y 18 todos de la Ley Objetiva Penal. Culminó el presente acto siendo la 01:00 de la tarde. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman:
LA JUEZA DE JUICIO

DRA. ARIANI ROMERO HALEGIYS.


LA FISCAL 16° DEL MINISTERIO PÙBLICO,

DR. RICARDO MAITA

LA DEFENSORA PÚBLICA,

DRA. AUGUSTA SOFIA RINCON


LA VICTIMA


NORMELYS SANCHEZ OLAVE
LA SECRETARIA DE SALA,

ABG. JEIRA SALAZAR.-