REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de enero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO: BP02-V-2008-002863
Vista la demanda contentiva de Cumplimiento de Contrato, intentado por el ciudadano Carlos Pérez Ramos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 2.828.209, en contra de la Sociedad Mercantil La Oriental de Seguros, C.A., inscrita por ante el Juzgado Primero de primera Instancia en lo Civil, Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 14 de agosto de 1.975, anotada bajo el No. 246, tomo A-II, folios 297 al 313; representada por su Gerente el ciudadano Gustavo Mujica. El Tribunal revisadas como han sido las Actas Procesales que conforman el presente expediente, se observa que el Juzgado del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, declinó la competencia para conocer de la presente causa al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en razón de la cuantía.
En consecuencia, este Tribunal administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela se declara competente para conocer de la presente solicitud. Así se declara.
El Juez Provisorio.,
Abg. Jesús Gutiérrez Díaz.
La Secretaria.,
Abg. Mirla Mata Rojas.
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