REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de enero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO : BP02-S-2008-005364
Vista la solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana AIDA JOSEFINA HERNANDEZ GUZMAN, venezolana, mayor de edad, domiciliada en Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui y titular de la cédula de identidad Nro. V-15.515.206, asistida por el abogado Rafael Guzmán, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 87.024, donde solicita que tanto ella y los ciudadanos Aida Josefina Guzmán de Hernández, Adriana de Jesús Hernández G., Ines de Jesús Hernández, Winder Enrique Hernández y Jorge Luis Hernández; sean declarados UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de Cujus Rafael Enrique Hernández, quien era venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nos. V-499.238.- Vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los ciudadanos HERDYS GILBERTO FERNANDEZ GONZALEZ y GALIANA MANCHOLA GARCIA, identificados en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de Cujus Rafael Enrique Hernández, a la ciudadana Aida Josefina Guzmán de Hernández, en su condición de cónyuge, y a los ciudadanos Adriana de Jesús Hernández G., Aida Josefina Hernández Guzmán, Inés de Jesús Hernández, Winder Enrique Hernández y Jorge Luis Hernández, en su condición de hijos; dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original a la solicitante y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.-
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. JESÚS S. GUTIERREZ D. LA SECRETARIA
Abg. MIRLA MATA ROJAS
JSGD/MMR/RUB