REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de enero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO : BP02-F-2009-000020
Visto el escrito de solicitud de Homologación de Partición y Liquidación de Bienes de la Comunidad Conyugal presentado por los ciudadanos LUIS ALBERTO CHACON URBINA y MARISOL TERESA MATA SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.233.554 y 8.349.267., respectivamente, asistidos por el abogado ANTONIO VARLESE RIVERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 88.297, y los recaudos consignados, el Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley.- Asimismo este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA la Partición y Liquidación de bienes de la Comunidad Conyugal de presentado por los ciudadanos LUIS ALBERTO CHACON URBINA y MARISOL TERESA MATA SALAZAR, anteriormente identificados, en los mismos términos y condiciones en que fue suscrito y conforme a la Ley.-
EL JUEZ PROV.,
ABG. JESÚS SALVADOR GUTIERREZ DÍAZ.
LA SECRETARIA,
ABG. MIRLA MATA ROJAS.
JSGD/bv
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