REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de enero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO: BP02-M-2008-000197

Visto el escrito que antecede, contentivo de la Aclaratoria de la Transacción, celebrada en fecha 19 de Enero de 2.009, presentada por el abogado PEDRO LUIS PEREZ BURELLI, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.942, actuando en este acto en su carácter de Apoderado Judicial del BANCO EXTERIOR, C.A., BANCO UNIVERSAL, Sociedad Mercantil de este domicilio, e inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 21 de Enero de 1956, anotado bajo el Nro. 5, Tomo 7-A, cuya ultima reforma se encuentra inscrita por ante la citada Oficina de Registro Mercantil, en fecha 6 de julio de 1956, bajo el Nro. 200-A, en su carácter de demandante por una parte, y por la otra GERARDO VELASCO SOTO, Colombiano, casado, titular de la Cédula de Identidad No. E- 82.209.434, actuando en su propio nombre y como representante legal de la Empresa LA FERIA DEL JEANS COLOMBIANO, C.A., Empresa domiciliada en la ciudad de El Tigre, Estado Anzoategui, constituida por documento inscrito en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoategui, bajo el No. 55, Tomo A-4, en fecha 23/03/06, asistido por la Abogada ENMARY COVA LUNAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 119.143, en su condición de parte demandada, presente el Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, en los mismos términos y condiciones convenidos por ellos, en dicha TRANSACCION, celebrada por ante este Tribunal, en el presente juicio por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, intentada por las ciudadanas PEDRO LUIS PEREZ BURELLI, venezolano, mayor de edad, Abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 38.942, actuando en el carácter de Apoderado Judicial de BANCO EXTERIOR, C.A., BANCO UNIVERSAL, Sociedad Mercantil de este domicilio, e inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 21 de Enero de 1956, anotado bajo el Nro. 5, Tomo 7-A, cuya ultima reforma se encuentra inscrita por ante la citada Oficina de Registro Mercantil, en fecha 6 de julio de 1956, bajo el Nro. 200-A, en contra de la Sociedad Mercantil LA FERIA DL JEANS COLOMBIANO, C.A., domiciliada en la ciudad de El Tigre, Estado Anzoátegui, representada por su Presidente GERARDO VELASCO SOTO, colombiano, soltero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. E-82.209.434, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil y así se decide.-Cúmplase.-
El Juez Suplente Especial.,


Abog. Pedro Rafael Mejía.- La Secretaria.,


Abg. Doris Rojas de Nadales.-