REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintitrés de enero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO : BP02-S-2006-005725
Por cuanto de la revisión del presente asunto se evidencia que los cónyuges DURAN-HERRERA, no dio cumplimiento con lo ordenado en auto de fecha 30 de octubre de 2006, se da por terminado el presente juicio y ordena remitir el presente expediente al Archivo Judicial.- Cúmplase.-
El Juez Suplente Especial;
Abg. Pedro Rafael Mejía.- La Secretaria;
Abg. Doris Rojas de Nadales.-