REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintiuno de enero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-003269
Vista la anterior solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y los anexos que le acompañan, presentada por los ciudadanos: MARITZA BERENGUEL, GERMANIA BEREGUEL, RUDE ANTONIO BERENGUEL, MORELBA JOSEFA MERENGUEL DE LARA y FRAZ CERVANDO BERENGUEL , venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros 4005191, 5467704, 2744116, 4507459, 274129 respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos de abogado, mediante el cual solicitan que sean declarados, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del extinto ELEAZAR BERENGUEL, fallecido Ab-intestato el día 25/01/2002.- Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los testigos, plenamente identificados en las declaraciones, quienes declararon por ante este Tribunal en fecha 14/01/2009 los cuales quedaron contestes en afirmar los dichos de los solicitantes, es por lo que este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarles su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del “de cujus” ELEAZAR BERENGUEL, a los ciudadanos antes mencionados en sus carácter de hermanos, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a los interesados.- Así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL.,
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA.
LA SECRETARIA,
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA