REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintinueve de enero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-003158

Vista la solicitud presentada por el ciudadano ROY LAUDER MARCANO DIAZ, venezolano, mayor de edad, casado, mecánico diesel, titular de la cédula de identidad Nº V.-5.990.741 y de este domicilio, asistida por abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre una MAQUINA que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio: TIPO PAYLOADER, MARCA: INTERNACIONAL; HARVESTER COMPANY; MODELO: 510, SERIAL DE CHASIS N. 3380113, J017831, MOTOR: JHON DEERE, MODELO 4219DL-03, SERIAL DEL MOTOR: N. 212874 CD, CAJA CON SERIAL: N. 4M 8780, COLOR: AMARILLO CATERPILLAR.- La cantidad invertida en dicha maquina es de SETENTA MIL BOLIVARES (Bs. 70.000,oo)), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano ROY LAUDER MARCANO DIAZ ya identificado en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA