REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, doce de enero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO: BP02-S-2008-005931

SENTENCIA



Vista la TRANSACCION suscrita por el ciudadano OSCAR DARIO ZAPATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 24.110.660, debidamente asistido por la abogado FRANCIS CASTRO LAREZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 118.854, por una parte y por la otra, la empresa PESQUERA AVALLONE Y LOFREDO C.A, inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en fecha 01 de Enero de 2001, bajo el No. 30, Tomo A-7, representada por la abogado MARIBEL CALZADILLA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 116.054, en su carácter de apoderada judicial de la misma; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 11 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y se da por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Asimismo se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los doce (12) días del mes de Enero del dos mil nueve (2009).
El Juez,


Abg. Angel G. Parra


La Secretaria,

Abg. Fabiola Pérez
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,


Abg. Fabiola Pérez