ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: BP02-L-2007-000964.
PARTE ACTORA: MAIDY JOSE DIAZ ROJAS.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: RAINOA C. MARTINEZ M, MIGUEL E. MEDRANO L y GONZALO OLIVEROS
PARTE DEMANDADA: PANAMERICANA DE AISLAMIENTOS TERMICOS, S.A. y SINCRUDOS DE ORIENTE SINCOR, S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: POR PANAMERICANA DE AISLAMIENTOS TERMICOS, S.A., GERARDO A. SOTO D. y POR SINCRUDOS DE ORIENTE, S.A., REYNAL J. PEREZ D.
MOTIVO: INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIO.

Hoy, 27 de enero de 2009 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la abogado en ejercicio RAINOA C. MARTINEZ M., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nos. 91.828, en su condición de apoderada judicial del ciudadano MAIDY JOSE DIAZ ROJAS, según se evidencia de instrumento Poder cursante a los autos, de igual forma compareció el abogado en ejercicio GERARDO A. SOTO D. inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 72.731, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil PANAMERICANA DE AISLAMIENTOS TERMICOS, S.A., según se evidencia de instrumento Poder el cual consigna en este acto, asimismo compareció el abogado en ejercicio REYNAL J. PEREZ D., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 28.653, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil SINCRUDOS DE ORIENTE SINCOR S.A., según se evidencia de instrumento Poder cursante a los autos, en su condición de parte actora y demandada, respectivamente, dándose así inicio a la audiencia, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo de la siguiente manera, en este acto la representación judicial de la parte demandada PANAMERICANA DE AISLAMIENTOS TERMINCOS, S.A., a los fines de dar por terminado el presente procedimiento, ofrece al reclamante la cantidad de TRECE MIL BOLIVARES CON 00/CTMOS, (Bs.13.000,00) pagaderos mediante cheque ante este tribunal en fecha veintisiete (27) de marzo de 2009, por los conceptos y en los términos explanados en el complemento del escrito transaccional el cual será presentado ante este tribunal, es todo, en este acto la representación judicial del reclamante acepta en toda y cada una de sus partes los montos ofrecidos en los términos expuestos, es todo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se acuerda la entrega de las pruebas presentada por las partes, quines reciben conforme.
La Juez


Abg. María José Carrión G.
La Secretaria,


Abg. Lourdes C. Romero H.-
Los Presentes