REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintinueve (29) de enero de dos mil nueve
197º y 149º

ASUNTO: BP02-S-2008-005936

Visto el escrito de Solicitud de Homologación de Transacción Laboral presentado en fecha dieciséis (16) de diciembre de dos mil ocho (2008), por los Abogado en Ejercicio IRIS MARGARITA OLIVERO CARRASQUEL, inscrita en el INPREABOGADO, bajo el número. 14.857, en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa SISTEMAS OPERATIVOS, S. A., por una parte y por la otra parte el ciudadano HENRIQUEZ JUAN DE DIOS, portador de la cédula de identidad número 4.904.685, representado por sus Abogado en Ejercicio SANDINO DUARTE y YOLIMAR MAITA, inscritos por ante en el INPREABOGADO, bajo los números 106.378 y 100.215, en su orden, contentivo de Transacción Laboral; en consecuencia, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la referida TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 10 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y así se decide. Asimismo se da por terminado y se ordena el archivo judicial del expediente. Dada, firmada, sellada y refrendada, el veintinueve (29) de enero de dos mil nueve (2009), y así se decide.-
El Juez, La Secretaria.

Abg. Leonardo Blanco Pérez. Abg. EVELIN LARA GARCIA.
Nota: En la misma fecha se dictó y publicó la decisión anterior, siendo las 3:15 p.m. minutos de la TARDE. Conste.-
La Secretaria.

. Abg. EVELIN LARA GARCIA... .