REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de enero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO: BP02-V-2008-002908
Por recibida la solicitud de COLOCACIÓN FAMILIAR, interpuesta por los ciudadanos: EDECIO JOSE RODRIGUEZ Y ANA SOBEIDA MARCHAN DE RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.310.772 y V-13.220.762, de este domicilio, a favor de la niña MILAGROS DÍAZ, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio KATY JOSEFINA RAMIREZ AGUILERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 87.042. Désele entrada.- Fórmese expediente.- Anótese en los Libros respectivos. Por cuanto de la Revisión del mismo se observa que el presente expediente guarda relación con el Expediente Nº BP02-S-2008-002244, relacionado con la solicitud de Colocación en Entidad de Atención, dictada en la Casa Hogar “Luz Esperanza”, a favor de la niña, por la Sala de Juicio Nº 01. En consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº 02, ORDENA remitir el original del presente expediente al mencionado Tribunal para que sea acumulado al expediente Nº BP02-S-2008-002244, a los fines de que el mismo conozca de la presente solicitud por tratarse de la misma causa y la misma pretensión.-
JUEZ UNIPERSONAL. SALA Nº 02

DRA. ANA JACINTA DURAN

LA SECRETARIA

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR

En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en el.-

LA SECRETARIA

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR

AJD/RL