REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de enero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO : BP02-V-2008-002910
Por recibida la anterior solicitud de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR propuesta por la ciudadana DORA FLORES URDANETA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.544.658, de este domicilio, debidamente asistido en este acto por la Abogada en ejercicio CARMEN ROSA GUEVARA OCHOA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.575, actuando en representación de sus hijos los niños:, junto con los recaudos que en ella se mencionan todo constante de los doce (12) folios útiles.- Désele entrada.- Fórmese expediente y anótese en los libros respectivos; en consecuencia esta Sala de Juicio N°.02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, de esta Circunscripción Judicial, LA ADMITE, de conformidad con el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Cuarto Literal “D”, en concordancia con el Articulo 387 EJUSDEM, y se ordena citar al Ciudadano ARTURO ALVAREZ DE PRADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-22.840.668, domiciliado en: la Avenida Daniel Octavio Camejo, casa 483, Urbanización Las Villas, Lechería, Municipio Licenciado Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, a fin de que comparezca por ante éste Tribunal al Tercer (3er) día de Despacho siguientes a su citación, a los fines de que exponga lo que creyere conveniente en relación a la presente solicitud. Se advierte a ambas partes que en la misma oportunidad se verificara el Acto Conciliatorio a las 10:30 a.m.- Igualmente se ordena la práctica de un informe Integral a los ciudadanos DORA FLORES URDANETA y ARTURO ALVAREZ DE PRADA, comisionándose para tal fin al Equipo Técnico de este Tribunal. Notifíquese del inicio de la presente demanda a la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Publico, de esta Circunscripción Judicial. Líbrese Boleta de Notificación.-
LA JUEZ UNIPERSONAL SALA N° 02.

DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA

ABG. FARAH MELISSA AZOCAR.

En la misma fecha del auto anterior, se cumplió todo lo ordenado en él

LA SECRETARIA

ABG. FARAH MELISSA AZOCAR.
AJD/Alicia.-