REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, Dieciséis de enero de 2009.
198º y 149º
ASUNTO : BP02-L-2008-001045
PARTE ACTORA: LUIS ANGEL BURIEL LAFFON. CEDULA DE IDENTIDAD No. 16.254.837.
EMPRESA DEMANDADA: INVERSORA BOSQUEMAR C.A.
MOTIVO: INDEMINIZACION POR DESPIDO INJUSTIFICADO.
Hoy, Dieciséis (16) de enero de 2009, siendo las 10:00 a.m. día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia de compareció la apoderada judicial de la empresa demandada, INVERSORA BOSQUEMAR C.A., abogada DORIS ZABALETA S., inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 31452. según poder que consigna a los autos previa certificación por la secretaria; ASIMISMO SE DEJA CONSTACIA QUE COMPARECIÓ LA Abg. NORYS ELENA MARIN M., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 80.719, Procuradora de Trabajadores del estado Anzoátegui, no así la parte actora quien no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por medio de apoderado alguno. Siendo así, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 198º y 149º
La Jueza
Abg. Sofia Acosta Salazar
La Secretaria
Abg. Maria Carmona Ainaga.
Los Comparecientes.
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“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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