REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barcelona
Barcelona, 19 de Febrero de 2009
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2007-000750
Visto el contenido del oficio número 103, emanado del Internado Judicial de Barcelona, mediante la cual participan a éste Despacho que el penado ANDERSON SMITH BORGES, titular de la cédula de identidad número 19.169.275, no se presenta desde el día 12-09-2.008 ante la Unidad de Destacamentario de ese Centro Carcelario, sin justificación alguna; éste Juzgado de Ejecución Nro. 02 para decidir observa:
En fecha 27-05-2.008, éste Órgano Jurisdiccional, conforme al artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, otorgó al mencionado penado la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena, correspondiente al Beneficio de Destacamento de Trabajo, imponiéndose entre otras condiciones la presentación diaria ante el Internado Judicial de Barcelona; régimen de presentaciones que en fecha 14-08-2.008, fue extendido a cada ocho días.
Ahora bien, visto el contenido del oficio número 103, emanado del Internado Judicial de Barcelona, mediante la cual participan a éste Despacho que el penado ANDERSON SMITH BORGES, titular de la cédula de identidad número 19.169.275, no se presenta desde el día 12-09-2.008 ante la Unidad de Destacamentario de ese Centro Carcelario, sin justificación alguna; corresponde a ésta Instancia Judicial revocar el Beneficio de Destacamento de Trabajo otorgado en fecha 27-05-2.008, por incumplimiento de las condiciones impuestas, conforme al artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia, líbrese la respectiva orden de captura en contra del ciudadano ANDERSON SMITH BORGES, titular de la cédula de identidad número 19.169.275, por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, cometido en perjuicio de la victima JAVIER JOSE CHACON QUINTERO; debiéndose remitir los respectivos oficios al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisiticas, Sub-Delegaciones Puerto La Cruz y Barcelona de éste Estado; así como al citado Organismo de Investigación Penal, División de Captura, con sede en la ciudad de Caracas, Distrito Capital; una vez aprehendido será puesto de inmediato a la orden de éste Órgano Jurisdiccional, oportunidad en que se impondrá de la presente resolución y se reformulará el cómputo de la pena impuesta; así se decide.
DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Conforme al artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal, se revoca el Beneficio de Destacamento de Trabajo otorgado por éste Juzgado en fecha 27-05-2.008, por incumplimiento de las condiciones impuestas y se acuerda librar orden de captura en contra del ciudadano ANDERSON SMITH BORGES, titular de la cédula de identidad número 19.169.275, por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, cometido en perjuicio de la victima JAVIER JOSE CHACON QUINTERO; debiéndose remitir los respectivos oficios al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisiticas, Sub-Delegaciones Puerto La Cruz y Barcelona de éste Estado; así como al citado Organismo de Investigación Penal, División de Captura, con sede en la ciudad de Caracas, Distrito Capital; una vez aprehendido será puesto de inmediato a la orden de éste Órgano Jurisdiccional, oportunidad en que se impondrá de la presente resolución y se reformulará el cómputo de la pena impuesta. Remítanse oficios al Director del Internado Judicial de Barcelona y a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario participando lo conducente. Notifíquese a las partes. Regístrese.
JUEZ DE EJECUCION Nro: 02
Dr. JOSE FRANCISCO MOLINA
SECRETARIA
Abg. SANDRA DE VELLIS