REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cinco de febrero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2008-005946
Vista la anterior solicitud, por medio de la cual el ciudadano Eugenio Antonio Pérez Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.4.218.446, de este domicilio, asistido del abogado Víctor Manuel Méndez, inscrito en el Inpreabogado con el N°.100.724; solicita autorización para separarse temporalmente del hogar conyugal, ubicado en Calle Democracia, cruce con Freites, Edificio Abimen, piso 3, Apartamento 6, Puerto La Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, y trasladarse a la siguiente dirección: Calle Esperanza, Sector 29 de Marzo, N°. 15-64,Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, y por cuanto de las declaraciones contestes rendidas por los ciudadanos Eustoquio José Guerra Manrique y Marco Enot Delgado Rodríguez, quienes declararon por ante este Tribunal; constan los hechos narrados por el solicitante en su escrito de solicitud; y por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y conforme a lo dispuesto en el artículo 138 del Código Civil, autoriza al ciudadano Eugenio Antonio Pérez Pérez, identificado supra, a trasladarse temporalmente, a la siguiente dirección: Calle Esperanza, N°.15-64, Sector 29 de Marzo, Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 138 del Código Civil.- Entréguese estas actuaciones originales a la parte interesada y tómese nota en el Libro Diario que lleva el Tribunal durante el presente año.-
El Juez Provisorio,
Abg. Jesús Gutiérrez Díaz
La Secretaria,
Abg. Mirla Mata Rojas