REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de febrero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO : BP02-V-2009-000169

Visto el expediente contentivo de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentado por la ciudadana MARÍA JOSEFA CARETT DE MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.049.782, domiciliada en la ciudad de Puerto Ordaz, Municipio Caroní del Estado Bolívar, a través de su apoderada judicial abogada BERENICE BRAVO DE GARBAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 22.923, en contra del ciudadano HIKMAT BSEIRINI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.297.122, de este domicilio, emanado de la U.R.R.D. Civil del Estado Anzoátegui por distribución.- Asimismo revisadas como han sido las Actas Procesales que conforman el presente expediente, se observa que cursa a los folios 40 y 41 sentencia dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Juan Antonio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la cual declino la competencia para conocer de la presente causa en razón de la cuantía, al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, por las consideraciones a que se contrae la decisión mencionada; las cuales este Tribunal las hace suyas.-
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela se declara competente para conocer de la presente acción. Así se declara.
EL JUEZ PROV,

ABG. JESÚS SALVADOR GUTIERREZ DIAZ.
LA SECRETARIA ACC.,

ABG. MARILYN GÓMEZ HERNANDEZ.
JSGD/bv