REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinte de febrero de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: BP02-S-2009-000397
Vista la anterior Solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por el ciudadano DONORVYS ANTONIO DIAZ JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 17.732.123, domiciliado en el Municipio Bolívar del Estado Anzoategui, asistido en este acto por la Abogada MARIA EMILIA GAMBOA R., inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 31.355, donde solicita sean declarados tanto el como su padre y hermanos, UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus NORIS DEL VALLE JIMENEZ DE DIAZ, quien era venezolana, soltero, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 4.215.643, fallecida ab-intestato en fecha 28 de Agosto del año 2.008.-
Este Tribunal, vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los testigos ciudadanos CELESTINO YANEZ CARIAS y ANDRES ELOY GUEVARA MARCANO, plenamente identificados en sus declaraciones hechas por ante este Juzgado en fecha 20 de Febrero del 2.009, los cuales quedaron contestes en afirmar todas y cada una de los particulares relativos a la solicitud, es por lo que este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito, de esta Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarles sus condiciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la “De Cujus” NORIS DEL VALLE JIMENEZ DE DIAZ, a los ciudadanos DOMINGO ANTONIO DIAZ, JESUS RAFAEL DIAZ JIMENEZ, DONORVYS ANTONIO DIAZ JIMENEZ, JIMMY JOSE DIAZ JIMENEZ, JOLEX DEL VALLE DIAZ JIMENEZ, DESIREE TRINIDAD DIAZ JIMENEZ Y JUAN JOSE DIAZ JIMENEZ, antes identificados, en su condición de esposo e hijos de la De Cujus antes mencionada, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Devuélvase estas actuaciones originales a la interesada y déjese nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal y así de decide.-,
El Juez Suplente Especial.,

Abg. Pedro Rafael Mejía.-
La Secretaria.


Abg. Doris Rojas de Nadales.-