REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, seis de febrero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2007-004439
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: LOURDES JOSEFINA CEDEÑO DE RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8463692 de este domicilio, debidamente asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, sobre una parcela de terreno propiedad municipal que mide (750mts2), ubicada en la Carrera 13 Sur El Tigre Estado Anzoátegui.- Dichas bienhechurias consta de una casa construida con bloque de cemento y ladrillo frisada y empastada, techo de platabanda y acerolit, piso de cerámica y cemento, tres habitaciones, un closet de aluminio con vidrio reflectivo, puertas de madera, una puerta de madera con vidrio tipo vaivén, ventanas de aluminio y vidrios con protectores de hierro, cocina totalmente empotrada con gabinetes de madera y mesón de cerámica, cerca perimetral de bloque , un portón de estructura de hierro.- Alinderada de la siguiente manera: Norte: Carrera Sur, midiendo (15mts).- SUR: Parcela ocupada por el señor Ricardo Pérez, midiendo (15mts).- ESTE: Parcela ocupada por el señor Juan Veracierta midiendo (50 mts) y OESTE: Parcela ocupada por el señor José Martínez, midiendo (50 mts).- El valor invertido es la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 80.000) , y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana LOURDES JOSEFINA CEDEÑO DE RODRIGUEZ, sobre las antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,


Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA

Se devuelve original con sus resultas a la parte interesada constante de ocho (08) folios útiles.
LA SECRETARIA