REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de febrero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO: BP02-V-2008-002261
Visto el anterior Desistimiento, suscrito por la parte demandante, en el juicio por DESALOJO incoado por DORAIDA MEDIINA contra WILMER ENRIQUE SALAZAR VALLENILLA, el Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho Desistimiento en los términos y condiciones en que fue suscrito por ellos de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del código de procedimiento Civil, en consecuencia, se da por terminado el presente juicio, devolver los originales solicitados previa su certificación en autos y se ordena el archivo del expediente.
EL JUEZ
Dr. JOSE JESUS RAMIREZ.-
La Secretaria,
Dra. LIRIO AGUILARTE.- En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede. Conste.-
La Secretaria.-