REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de febrero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO : BP02-L-2008-000575
PARTE ACTORA: PEDRO ALONGI.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO PRESENTÓ.
PARTE DEMANDADA: SONOTEST C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: KATIANA ALEMAN, inscrita en el I.P.S.A. bajo el No. 98.251.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, tres (03) de Febrero del 2009, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar la apertura de la Audiencia Preliminar, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la misma. Asimismo, se deja constancia de la comparecencia de la representación empresarial a través de su apoderada judicial, abogada KATIANA ALEMAN, inscrita en el I.P.S.A. bajo el No. 98.251, según poder apud acta que cursa en autos. Ahora bien, vista la no comparecencia de la parte actora a la celebración de esta audiencia preliminar ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 09:25a.m.-
El Juez

Abg. ANGEL PARRA GUTIERREZ
La Secretaria

Abg. FABIOLA PEREZ
LA DEMANDADA