REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve (09) de febrero de dos mil nueve
197º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2009-000380
Visto el escrito de Solicitud de Homologación de Transacción Laboral presentado en fecha veintinueve (29) de enero de dos mil nueve (2008), por los Abogado en Ejercicio, NESTOR JAVIER AREVALO LORETO, inscrito en el INPREABOGADO, bajo el número. 106.405, en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa AVIOR AIRLINES, C. A., por una parte y por la otra parte el ciudadano JIMMY ALEXANDER CORDERO, portador de la cédula de identidad número 12.831.934, asistido por el Abogado en Ejercicio JESUS TAMARA CUMANA, inscrito por ante en el INPREABOGADO, bajo el número 113.697, contentivo de Transacción Laboral; en consecuencia, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la referida TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 10 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y así se decide. Asimismo se da por terminado y se ordena el archivo judicial del expediente. Dada, firmada, sellada y refrendada, el nueve (09) de febrero de dos mil nueve (2009), y así se decide.
El Juez,
Abg. Leonardo Blanco Pérez
La Secretaria.
Abg. EVELIN LARA GARCIA.
Nota: En la misma fecha se dictó y publicó la decisión anterior, siendo las 11:40 a.m. minutos de la mañana. Conste.-
La Secretaria.
Abg. EVELIN LARA GARCIA.
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