REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco de febrero de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO: BP02-L-2007-000776

Visto el escrito transaccional que antecede suscrito entre los ciudadanos ABELARDO JOSE RODRIGUEZ GUZMAN, asistido del profesional del derecho KEILY FERNANDEZ inscrita en el inpreabogado bajo el numero 81.512 parte actora en el presente juicio y, por la otra la demandada SERVICIOS GENERALES DE MANTENIMIENTO SEGEMA C.A., a través de su apoderado judicial NURY GUZMAN, inscrita en el inpreabogado bajo el numero 132.573, presentado en fecha 18-02-2009, constante de dieciocho (18) folios útiles; y siendo que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea, expresada por las partes y los acuerdos alcanzados por los mismos no son contrarias a derecho; este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, le imparte la Homologación correspondiente, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 10 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, asimismo de conformidad con lo dispuesto en el articulo 21 numeral 3 de la ley orgánica Procesal del Trabajo se ordena expedir las copias certificadas requeridas tanto del escrito transaccional como de la presente homologación. Cúmplase.-
La Juez,
Maria Auxiliadora Chávez Rodríguez. La Secretaria,
Abg. Evelyn Lara García.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente. Conste.-
La Secretaria,
Abg. Evelyn Lara García.