REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cuatro de febrero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO: BP02-V-2009-000116
Por recibida la anterior solicitud de DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, propuesta por el ciudadano JULIO REINALDO BETANCOURT LABATI, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.480945, domiciliado en la Calle San Miguel, N° 42, La Caraqueña, Pozuelos, Municipio Sotillo, Estado Anzoátegui, debidamente asistido en este acto por la Abogado JOSE LUIS ALFONZO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.679.624, actuando en representación de su hija el niño: XXXX, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todo constante de seis (06) folios útiles.- Désele entrada.- Fórmese expediente y anótese en los libros respectivos; en consecuencia esta Sala de Juicio N°.02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, de esta Circunscripción Judicial, LA ADMITE, de conformidad con el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Cuarto Literal “D”, en concordancia con el Articulo 387 EJUSDEM, y se ordena citar a la Ciudadana THAIRINA DESIREE SALAZAR FRANCO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-15.679.624, domiciliada en: la Calle Miguel José Sanz, S/N°, Urica, Municipio Pedro Maria Freites del Estado Anzoátegui, a fin de que comparezca por ante éste Tribunal al Segundo (2do) día de Despacho siguiente a su citación, mas un día (01) día que se le concede como termino de distancia, a los fines de que exponga lo que creyere conveniente en relación a la presente solicitud. Librese boleta y junto con exhorto remítase al Tribunal del Municipio Pedro Maria Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.-Se advierte a ambas partes que en la misma oportunidad se verificara el Acto Conciliatorio a las 10:30 a.m.- Igualmente se ordena la práctica de un informe Integral a los ciudadanos JULIO REINALDO BETANCOURT LABATI y THAIRINA DESIREE SALAZAR FRANCO, comisionándose para tal fin al Equipo Técnico de este Tribunal. Librese oficio.- Notifíquese del inicio de la presente demanda a la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Publico, de esta Circunscripción Judicial. Líbrese Boleta de Notificación.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL SALA N°.01.

Abog. SANTA SUSANA FIGUERA CABELLO.-
LA SECRETARIA,

ABG. ORLYMAR CARREÑO H.-

En la misma fecha del auto anterior, se cumplió todo lo ordenado en él

LA SECRETARIA,


ABG. ORLYMAR CARREÑO H.-
Alicia.-