REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DEL MUNICIPIO
GUANTA DE LA CIRCUSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI.

Guanta, 09 de Febrero de 2009
198° y 149°

Vista la diligencia de fecha 04 de Febrero de 2009, suscrita por el Abogado en Ejercicio LUIS FRANCISCO LEON SALAZAR, identificado en autos, con su carácter acreditado en los mismos; mediante la cual consigna Escrito de Convenimiento suscrito por la Ciudadana YENEZARET SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, portadora de la Cédula de Identidad Nº V- 13.140.397, debidamente asistida por el Abogado en Ejercicio HECTOR JOSE REYES VELASQUEZ, inscrito en el IPSA bajo el Nº 94.750 parte Demandada en la presente causa, por una parte, y por la otra LUIS FRANCISCO LEON SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.190.986, e inscrito en el IPSA bajo el Nº 81.260, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la Ciudadana CRUZ ELVIRA DE SOUSA MENDOZA, plenamente identificada, y parte Demandante en la presente causa, el cual fue presentado por ante la Notaria Publica Tercera de la Ciudad de Puerto La Cruz, el cual quedo anotado bajo el Numero 08, Tomo 09, de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaria, y cursante del folio Cincuenta y Cuatro (54) al Cincuenta y Seis (56), ambos inclusive, del presente expediente, mediante el cual celebran Convenimiento en los términos señalados, y por cuanto tal actuación no es contraria en derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal imparte su Homologación de conformidad con lo establecido en los Artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, dando por terminado el presente Procedimiento. Así se decide.
Regístrese, publíquese y déjese copia de la presente decisión.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Guanta a los Nueve (09) días del Mes de Febrero del año Dos mil Nueve (2.009). Años 198° y 149°.-
LA JUEZ TEMPORAL,


Abog. SANDRA ROJAS MORENO
EL SECRETARIO,


Abog. LEONARDO POLICRONI ACOSTA

En la misma fecha de hoy, siendo las 2:30 p.m., se publico la anterior decisión.- Conste,
EL SECRETARIO,

Exp. Nº 614
SRM/jvrp.-