En horas de despacho día de hoy Martes (10) de Febrero del dos mil nueve, se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui por la Juez, Dra. Ilmiflor Guevara Lista, la Secretaria Abogada Maury Fuentes Fariñas y la Alguacil Tamara Torres, en compañía y por indicación del Apoderado Judicial de la parte actora Abogado LUIS SOLORZANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº8.972.855 , inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 34.466, a los fines de practicar una Medida Preventiva de Embargo decretada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio que por Cobro de Bolívares ( Vía Intimatoria) sigue la ciudadana ERCIRA ROSA DIAZ ROJAS contra la Sociedad Mercantil MULTISERVICIOS GOLCO,C.A. Constituido el Tribunal en el sitio indicado por la parte actora el Departamento Jurídico de la Empresa P.D.V.S.A. Petróleo, S.A. ubicada en San Tome Municipio Pedro María Freites del Estado Anzoátegui se notifico de su misión a la ciudadana DAILIRYS MEDINA FERMIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.940.286, de profesión Abogada e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 113.665 , quien ocupa el cargo de Asesor Legal de la Empresa P.D.V.S.A. Petróleo, S.A. y expone: “Me doy por notificada de la presente Medida Preventiva de Embargo decretada por el Tribunal de la causa”. Seguidamente interviene el Apoderado Judicial de la parte actora Abogado LUIS SOLORZANO y expone: “Solicito muy respetuosamente a este digno Tribunal Ejecutor de Medidas practique la Medida Preventiva de Embargo decretada por el Tribunal de la Causa sobre cualquier cantidad de dinero liquida e exigible, crédito, acreencias existente o futuras que pudiera tener a su favor la Empresa demandada MULTISERVICIOS GOLCO,C.A., C.A. Rif.J-31174213-1 en la Empresa P.D.V.S.A., S.A. hasta cubrir el monto de NOVENTA MIL TRECE BOLIVARES CON QUINCE CENTIMOS (Bs.90.013,15), que comprende el monto demandado mas la costas”. Seguidamente interviene la Notificada y expone: Me acojo al lapso establecido en el artículo 594 del Código de Procedimiento Civil a los fines de notificar al Tribunal de la causa de la existencia de cantidades de dinero o no, de acreencias existentes o futuras a favor de la parte demandada MULTISERVICIOS GOLCO,C.A. en la empresa P.D.V.S.A. Petróleo, S.A. En este estado el Tribunal Ejecutor en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con la autoridad que le confiere la ley declara Embargado Preventivamente cualquier cantidad de dinero, factura, crédito o acreencia existente o futura que pudiera existir en la Empresa P.D.V.S.A. a favor de la demandada MULTISERVICIOS GOLCO,C.A. hasta cubrir el monto señalado por la parte actora NOVENTA MIL TRECE BOLIVARES CON QUINCE CENTIMOS (Bs.90.013,15). En este estado el Tribunal Ejecutor de medidas solicita que una vez obtenida la respuesta se debe informar de manera inmediata al Tribunal de la causa plenamente identificado en la presente acta. Una vez deducidas las cantidades deben ser remitidas mediante Cheque de Gerencia al Tribunal de la Causa Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con sede en el Palacio de Justicia El Tigre. Seguidamente interviene la parte actora plenamente identificado en la presente acta y expone: En caso de no existir cantidades dinero acreencias, facturas, créditos a favor de la parte demandada o los mismos no cubran la cantidad demandada me reservo el derecho de seguir embargando bienes propiedad de la Empresa MULTISERVICIOS GOLCO,C.A. hasta cubrir el monto total de la obligación y solicito a la Empresa P.D.V.S.A. Petróleo S.A. informe de manera oportuna la existencia o no de cantidades de dinero o acreencias a favor de la demanda. Es todo. En este acto se deja constancia en la presente acta que la Asesora Legal de la Empresa P.D.V.S.A, Petróleo, S.A. Abogada Dailirys Medina se comunicó vía telefónica para verificar si existen acreencias a favor de la Empresa demandada MULTISERVICIOS GOLCO,C.A. con el Departamento de Finanzas y obtuvo una respuesta positiva si posee acreencia a su favor la demandada en la Empresa P.D.V.S.A. En este estado el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Freites declara cerrado el presente acto. Cumplida su misión. Es todo, Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ EJECUTORA TEMPORAL,
LA NOTIFICADA,
EL APODERADO JUDICIAL DE LA
PARTE ACTORA,
LA ALGUACIL,
LA SECRETARIA,
|