REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control Sección Adolescentes de Barcelona
Barcelona, 18 de julio de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-D-2009-000482
ASUNTO : BP01-D-2009-000482
Celebrada como ha sido la Audiencia de calificación de detención en flagrancia por ante este Tribunal en la cual la DRA. BETZAIDA SANCHEZ OSTOS, Fiscal Décimo Séptimo del Ministerio Público de este Estado, pone a disposición de este Despacho, a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, en el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, solicitando se decrete que la aprehensión de la prenombrada ciudadana fue en flagrancia, se ordene que el Procedimiento a seguir sea el ORDINARIO y se le imponga como medida Cautelar conforme lo señalado en el articulo 582 literal “c” de la Ley Orgánica Para la protección del Niño y del Adolescente. Oído los alegatos del Defensor de Confianza, y cumplido como ha sido en la Audiencia todas las formalidades de rigor, esta decisora a los fines de emitir pronunciamiento respectivo, observa lo siguiente: PRIMERO: De la revisión de las actuaciones se observa que cursa al folio cuatro (4) inserta a la causa ORDEN DE ALLANAMIENTO de fecha 17-07-2009, solicitada por el DR. PEDRO LUIS BASTARDO BERMUDEZ, Fiscal 9º del Ministerio Publico del Estado Anzoátegui… practicada en la siguiente dirección: Avenida Principal Del Barrio El Esfuerzo, Casa Sin Numero De Color Naranja, Con Rejas Negras, Puerta Blanca, Barcelona… Es todo”. Cursa al folio cinco (5) ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 17-07-2009, suscrita por el funcionario AGENTE MUJICA GILMER, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en donde expone: dando fiel cumplimiento a la Orden de Allanamiento…me traslade en compañía de los funcionarios: INSPECTOR AMAYA RAFAEL, y AGENTEOSWALDO ITRIAGO, GIL CHARLES, NEURO ZAMBRANO, GUEVARA WILMER…, hacia la Avenida Principal Del Barrio El Esfuerzo, Casa Sin Numero De Color Naranja, Con Rejas Negras, Puerta Blanca, Barcelona, residencia de una ciudadana conocida como la CATIRA, una vez en la precitada dirección, nos hicimos acompañar de dos ciudadanos FRANCISCO BERNABE MILLAN ZALAZAR y CARLOS ARMANDO NAVARRO RODRIGUEZ…quienes servirán de testigos al acto a realizar…, fuimos atendidos por tres sujetos quienes al identificarnos como funcionarios de este Cuerpo Policial, mostrarle la Orden de Allanamiento y manifestarle el motivo de nuestra presencia, quedaron identificados como: IDENTIDAD OMITIDA…, y IDENTIDAD OMITIDA…quienes nos permitieron el acceso a su vivienda, al revisar el inmueble en presencia de los testigos y dichas personas, se logro ubicar debajo de la cama del primer cuarto, UN ENVASE COLOR TRASPARENTE CONTENTIVO EN SU INTERIOR DE CIENTO DIECINUEVE ENVOLTORIOS DE PAPEL ALUMINIO CONTENTIVO EN SU INTERIOR DE UNA SUSTANCIA BLANQUECINA, DE OLOR FUERTE Y PENETRANTE, presuntamente droga denominada COCAINA, CATORCE ENVOLTORIOS DE COLOR BLANCO CON LA INSCRIPCION BICARBONATO OF SODA, OCHO BILLETES DE DOS MIL BOLIVARES, CATORCE DE CINCO MIL BOLIVARES Y SIETE DE DIEZ MIL BOLIVARES, de curso legal en el país, motivo por el cual todos los ciudadanos del inmueble fueron trasladados hasta nuestra oficina… Es todo. Cursa al filio seis (6) ACTA DE VISITA DOMICILIARIA, de fecha 17-07-2009, practicada por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Barcelona, integrada por los funcionarios Inspector Amaya Rafael, Y Agente Oswaldo Itriago, Gil Charles, Neuro Zambrano, Guevara Wilmer, en el inmueble ubicado en la Avenida Principal Del Barrio El Esfuerzo, Casa Sin Numero De Color Naranja, Con Rejas Negras, Puerta Blanca, Barcelona… Es todo. Cursa al folio doce (12) CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FISICAS, de fecha 17-07-2009, suscrita por el funcionario NEURO ZAMBRANO, el cual deja constancia de la evidencia colectada: UN ENVASE COLOR TRASPARENTE CONTENTIVO EN SU INTERIOR DE CIENTO DIECINUEVE ENVOLTORIOS DE PAPEL ALUMINIO CONTENTIVO EN SU INTERIOR DE UNA SUSTANCIA BLANQUECINA, DE OLOR FUERTE Y PENETRANTE, presuntamente droga denominada COCAINA, CATORCE ENVOLTORIOS DE COLOR BLANCO CON LA INSCRIPCION BICARBONATO OF SODA.. Es todo. Cursa al folio trece (13) ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17-07-2009, interpuesta por el ciudadano: CARLOS ARMANDO NAVARRO RODRIGUEZ, quien expone: en hora de mañana de Hoy, una comisión de esta oficina, me pidió la colaboración, para que sirviera de testigo en un allanamiento que iban a realizar, cuando llegamos al Barrio el Esfuerzo, entramos a una casa, allí estaban dos personas un hombre y una muchacha menor de edad, los funcionarios buscaron en toda la casa y encontraron debajo de la cama del primer cuarto una taza color transparente con un montón de envoltorios de papel aluminio y ellos me dijeron que era droga, también habían unos envoltorios de papel y me dijeron que era Bicarbonato…, también habían varios billetes de dos mil cinco mil, diez mil. Es todo. Cursa al folio catorce (14) ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17-07-2009, suscrita por el funcionario OSWALDO ITRIAGO, la cual deja constancia de la siguiente diligencia policial: en esta misma fecha, se presenta previo traslado de comisión, a fin de rendir entrevista al ciudadano FRANCISCO BERNABE MILLAN SALAZAR…, quien expone: Resulta que el día de hoy 17 de Julio del Año 2009, como a las 06:30 de la mañana, cuando caminaba por la calle El Milagro del Esfuerzo, unos funcionarios del C.I.C.P.C, Subdelegación Barcelona me manifestaron que si yo podía servir como testigo en un procedimiento que iban a realiza…en lo que ellos tocaron la puerta salio un ciudadano que solo conozco con el remoquete de GUATUFI, y lo acompañaba una ciudadana que solo conozco de nombre de KELLY, ellos abrieron la puerta y los funcionarios entraron diciéndome que me diera cuenta de todo cuando revisaran, luego de una búsqueda encontraron en un cuarto una taza plástica grande transparente en cuyo interior había una cantidad considerable de unos envoltorios de papel aluminio, así como unos sobres de Bicarbonato de calcio, y unos billetes de baja denominación… es todo. Cursa al folio quince (15) ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 17-07-2009, suscrita por el funcionario AMAYA RAFAEL, quien deja constancia de la siguiente diligencia: encontrándome en la sede de este despacho, luego de palpar, oler y visualizar los envoltorios decomisados a los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA y IDENTIDAD OMITIDA, puedo dar fe… que estamos en presencia de la drogas denominadas como COCAINA y MARIHUANA… Es todo. Cursa al folio dieciséis (16) ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 17-07-2009, suscrita por el funcionario ROJAS MIGUEL, quien expone: prosiguiendo con las averiguaciones relacionadas al expediente I-063-252…, en compañía del funcionario ERICK RIVAS…, hacia la siguiente dirección: BARRIO EL ESFUERZO, CALLE PRINCIPAL, CASA COLOR NARANJA, REJAS COLOR NEGRO, Y PUERTA BLANCA, residencia de una ciudadana conocida como la CATIRA, a fin de realizar la correspondiente Inspección técnica en el sitio, donde fueron aprehendidos los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA y IDENTIDAD OMITIDA… Es todo. Cursa al folio diecisiete (17) INSPECCION TECNICA POLICIAL: 2616, de fecha 17-07-2009, suscrita por los funcionarios ERICK RIVAS y ROJAS MIGUEL, en la siguiente dirección: CASA SIN NUMERO, UBICADA EN LA CALLE PRINCIPAL DEL BARRIO EL ESFUERZO, BARCELONA- ESTADO ANZOATEGUI… Es todo. Hechos estos que constituyen la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. Acogiendo parcialmente la precalificación jurídica dada a los hechos por el Representante Fiscal, modificado el mismo como quedo descrito.- SEGUNDO. Se acuerda que la aprehensión de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, fue en flagrancia, pues la misma fue detenida presuntamente en el momento en que se realizaba un allanamiento en la vivienda donde se encontraba, que hacen presumir que tuvo participación en el hecho punible que se le imputa, ello de conformidad con el articulo 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se le IMPONE LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE PRESENTACION PERIODICAS CADA QUINCE (15) DIAS, prevista en el artículo 582 Literal “B” referida a la Obligación de Someterse al Equipo Técnico Especializado adscrito a este Circuito Judicial Penal, a los fines de practicar evaluación conductual y cuyas resultas deberán ser remitidas periódicamente a este tribunal; “C” referida a la obligación de presentarse cada quince (15) días por ante la oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en consecuencia se acuerda la libertad de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA; declarándose con lugar el petitorio fiscal y de la defensa. CUARTO: Se ordena la aplicación del Procedimiento ORDINARIO solicitado por la Representante del Ministerio Público, de conformidad 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena expedir Copia a la Fiscal de la presente acta. QUINTO: Se ordena a la Secretaria dar lectura a la presente acta quedando notificadas las partes de lo aquí resuelto de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Y así se decide.-
DISPOSITIVA
Por lo razonamientos antes expresados, Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Control Nº 01 Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley RESUELVE lo siguiente: PRIMERO: Los hechos imputados a la Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, en el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, SEGUNDO: Se acuerda que la aprehensión de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, fue en flagrancia de conformidad con el articulo 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: TERCERO: Se le IMPONE LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE PRESENTACION PERIODICAS CADA QUINCE (15) DIAS, prevista en el artículo 582 Literal “B” referida a la Obligación de Someterse al Equipo Técnico Especializado adscrito a este Circuito Judicial Penal, a los fines de practicar evaluación conductual y cuyas resultas deberán ser remitidas periódicamente a este tribunal; “C” referida a la obligación de presentarse cada quince (15) días por ante la oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en consecuencia se acuerda la libertad de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA; declarándose con lugar el petitorio fiscal y de la defensa. Líbrese los oficios respectivos. CUARTO: Se ordena la aplicación del Procedimiento ORDINARIO solicitado por La Representante del Ministerio Público, toda vez que hay que continuar con la investigación hasta lograr la veracidad de los hechos, en consecuencia se acuerda la remisión de la causa a la Fiscalía del Ministerio Público de este Estado. Provéase lo conducente. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 01, SECCIÓN ADOLESCENTES
ABOG. LIBIA ROSAS MORENO
LA SECRETARIA DE GUARDIA
ABOG. FRANCIS SANCHEZ