REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince de julio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: BP02-M-2008-000272

Vista la diligencia de fecha 13 de julio de 2.009, suscrita por el abogado Fernando Ali Ramírez, en su carácter de autos, en donde desiste del presente juicio por COBRO DE BOLÍVARES, incoado por el ciudadano Pedro Fidel Salazar Prado, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 12.074.711, en contra de la ciudadana Alcida Josefina Tamarony de Pereira, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 3.851.488, el Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO.- Asimismo, se ordena la entrega del cheque Nro. S-91 31001634, al ciudadano Pedro Fidel Salazar Prado, parte demandante en la presente causa.- Se da por terminado el presente juicio y se ordena su remisión, mediante oficio, al Archivo Judicial del Estado Anzoátegui, y así se decide.-
EL JUEZ PROVISORIO,


ABG. JESÚS SALVADOR GUTIERREZ DIAZ.
LA SECRETARIA



ABG. MIRLA MATA ROJAS.





JSGD/MMR/rubdíaz